EuFRES está formado por un grupo de profesionales de diferentes países europeos que se reúnen periódicamente, por interés y competencia personal, para analizar la situación, los problemas y las hipótesis relativas a la enseñanza de la religión en la escuela pública o privada.
Art. 2 – Finalidad/objetivos
La EuFRES sólo tiene fines de estudio e información. No tiene ninguna competencia directa en el marco institucional de la enseñanza religiosa. Sus objetivos son principalmente:
La comunicación, el intercambio de ideas y proyectos entre profesionales/expertos, investigadores y líderes que trabajan en diferentes instituciones académicas y que provienen de diferentes sistemas educativos en Europa;
tratar en cada reunión (bienal) un tema propio de la ER que sea de interés común, de actualidad, de reconocida importancia científica y que permita hacer comparaciones/referencias con los diferentes contextos culturales y educativos de cada país;
conocer más directamente la naturaleza, el funcionamiento, los medios/recursos, el desarrollo de las ER de cada país anfitrión de EuFRES;
contribuir, a través de la investigación y de las propuestas adecuadas, a promover en Europa un perfil cultural, jurídico y educativo de la EF que garantice la libertad personal de conciencia de los profesores, de los alumnos y de los padres, que respete el pluralismo cultural de la sociedad y de la escuela, y que esté abierto al diálogo ecuménico e interreligioso.
Art. 3 – Membros
a) Los miembros de EuFRES serán:
expertos nacionales en la ER (académicos, educadores…);
profesores cuya materia esté relacionada con la ER (educación religiosa);
personas nacionales o diocesanas responsables de la organización de la ER;
directores de centros de formación de profesores de religión directores de revistas especializadas en la ER;
un representante de las asociaciones nacionales de profesores de religión;
un representante de otras asociaciones profesionales en el ámbito de la enseñanza escolar (por ejemplo, la Asociación Europea de Pedagogía).
Asociación para la Pedagogía, el Comité Europeo para la Educación Católica, el Equipo Catequético Europeo, etc.).
b) La adhesión o cooptación de nuevos miembros de EuFRES tendrá en cuenta los siguientes criterios
Garantizar una distribución geográfica y lingüística adecuada;
Garantizar una representación equilibrada de la competencia científica y profesional (ciencias de la educación, ciencias religiosas, competencia teológica, jurídica…);
Garantizar la presencia de algunos profesores de disciplinas educativas religiosas que trabajen en instituciones académicas estatales;
Mantener un marco razonable (máximo 50-60 participantes) de miembros de EuFRES.
Art. 4 – Presidencia y animación
a) EuFRES está gobernada por un Consejo de Administración de 5 miembros procedentes de diferentes países: Uno de ellos es el Presidente y otro el Tesorero;
Los 5 miembros, incluidos el Presidente y el Tesorero, son elegidos por la Asamblea General para 4 años. Pueden ser reelegidos para un segundo mandato. El Patronato elegirá su propia secretaría de entre sus miembros.
b) Funciones del Patronato:
Invitar a las reuniones bienales, teniendo en cuenta las sugerencias de la Asamblea en cuanto al tema, lugar de celebración, participantes a invitar, etc;
mantener el contacto informativo con los miembros de EuFRES
decidir la admisión de nuevos miembros permanentes o invitados
determinar la autonomía económica del Foro, con un mandato específico para el Tesorero
prever las modalidades de los contactos institucionales con las instituciones/organismos europeos (pertenecientes a la Iglesia Católica, a las demás Iglesias, a la UE) competentes en materia de educación
coordinar la creación de una red de información en varias lenguas.
Art. 5 – Participación en los encuentros
La continuidad de la investigación del Foro está garantizada por un núcleo de miembros permanentes (la mayoría) que forman la Asamblea General con derecho a voto.
El país anfitrión puede invitar -sin derecho a voto y de forma puntual- a representantes distintos de los miembros permanentes.
Los miembros de EuFRES que no asisten a las reuniones bienales más de dos veces sin motivo se consideran dimisionarios.
Los expertos a los que el Consejo de Administración asigna las ponencias principales suelen ser elegidos entre los miembros del Foro.
EuFRES no suele publicar las actas de las reuniones, sino que deja esta tarea (incluidos los costes) al miembro que lo desee en su propia lengua.
Art. 6 – Financiación
EuFRES buscará la financiación necesaria para los gastos de organización: las reuniones ordinarias
reuniones ordinarias y las reuniones preparatorias del Consejo de Administración, los gastos de secretaría/oficina, etc
Los fondos provienen
de la contribución anual de cada miembro
de otras posibles donaciones de particulares;
otras fuentes externas (organismos oficiales de la UE, etc.).
El Patronato somete a la aprobación de la Asamblea General la cuota personal de los miembros y los ingresos y gastos.
Los gastos de viaje y manutención, más una cuota de conferencia, correrán a cargo de cada participante de EuFRES.
En caso de dificultades financieras reales de un miembro, éste podrá contar con la ayuda de los demás miembros. En este caso, el Consejo de Administración podrá decidir una
la Asamblea General en función de las necesidades detectadas.
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